Normativa

      La actividad de cosecha del musgo está regulada por el Decreto 25 del 2017 del Ministerio de Agricultura, este decreto menciona en sus considerandos, entre otros, que en el país se dispone de estudios e investigación científica respecto del musgo Sphagnum, publicada en diferentes medios, relativas a manejo y recolección sustentable, buenas prácticas, etc.

Esta normativa considera aspectos fundamentales que apuntan a la sustentabilidad del recurso, como por ejemplo, entre otros, que la cosecha debe ser manual, sin uso de maquinaria, se deben dejar al menos 5 cm de musgo vivo para asegurar la regeneración, se debe dejar un 30% del área a intervenir sin cosechar, no se pueden realizar drenajes, se debe realizar un curso de capacitación sobre prácticas sustentables de recolección, previo a la cosecha se debe presentar un Plan de Cosecha que debe ser aceptado por el SAG. Este Decreto contempla su revisión cada 5 años para asegurar el efecto positivo en el uso sustentable del recurso.

La fiscalización del cumplimiento de esta normativa la lleva a cabo el Servicio Agrícola y Ganadero, organismo del estado que está presente en todo el territorio nacional con  oficinas regionales y oficinas sectoriales, y que junto con sus programas de fiscalización permanente en terreno, se suma la condición de que este recurso en un porcentaje muy mayoritario va a la exportación, instancia en donde este mismo organismo del estado realiza la inspección fitosanitaria de este producto, requisito previo para exportar a casi el 100% de los mercados actuales.

ASEXMOSS mantiene un sistema de trazabilidad de los Planes de Cosecha de sus proveedores que le permite tener un gran grado de certeza de que la procedencia del musgo es de un predio que cuenta con su correspondiente Plan de Cosecha aprobado y vigente.

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